La situación empresarial actual, la crisis económica y la COVID-19 ha supuesto la reducción de numerosas plantillas de trabajadores y que muchas familias se queden sin su sustento. Muchas personas se han visto afectadas por un despido a consecuencia de causas económicas.

Esta situación ha originado numerosos conflictos laborales y suscitado infinidad de cuestiones al respecto como si es posible realizar un despido por motivos económicos, si es necesario avisar con un tiempo de antelación para destituir a un trabajador y si éste tiene derecho a recibir una indemnización.

Ante estas circunstancias, el trabajo de los Peritos Economistas será fundamental para realizar un análisis de la situación real de la empresa empleadora, verificando la información en un procedimiento judicial en caso de ser necesario.

¿Qué es exactamente un despido por causas económicas?

Un despido por causas económicas consiste en el despido de un empleado por parte de la empresa como consecuencia de problemas económicos como pérdidas o falta de ingresos.

Ante esta situación, la empresa tiene la obligación de justificar la destitución y explicar cómo el acto puede mejorar su situación económica. Debe demostrar que con el despido de determinados miembros de la empresa logran el ahorro económico necesario para mantener la empresa en activo.

Este tipo de despido también es habitual en situaciones en las que la empresa pronostica una crisis en el sector en el que opera. Ante esta situación, la empresa empleadora procede a rescindir contratos de trabajadores por causas económicas anticipándose a la situación y evitar el cierre.

Un despido por causas económicas llevado a cabo correctamente, es considerado como un despido objetivo ya que no se debe a faltas profesionales de los trabajadores, sino a una serie de circunstancias que, si son cumplidas y demostradas por la empresa, la habilita a realizar las destituciones que considere oportunas.

Reglamento judicial sobre el despido por causas económicas

Los despidos por causas económicas vienen regulados en el artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores, en el que se señala que se concurre en causas económicas cuando los resultados de la empresa desprenden una situación económica negativa como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. El artículo también estipula que una disminución de los ingresos es persistente si el nivel de ingresos ordinarios o ventas es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior durante tres trimestres consecutivos.

La justicia española señala que todo trabajador que haya sido destituido de sus funciones injustamente por razones económicas, tiene derecho a percibir una indemnización económica.

La empresa debe avisar al empleado 15 días antes del despido, teniendo derecho a percibir una compensación económica equivalente a su salario por cada día pasado sin la notificación, en caso de que la empresa no cumpla esta premisa. El empleado, además, cuenta con el derecho retribuido de disponer de 6 horas semanales para buscar un nuevo empleo desde el momento en que recibe el preaviso de la compañía.

Obligaciones de una empresa ante un despido por causas económicas

Como se ha comentado previamente, la rescisión de un contrato por causas económicas es tratada como objetiva siempre que la empresa cumpla con lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores.

La compañía está obligada a explicar su situación económica mediante un análisis de ingresos y demanda de productos, evaluar cómo los problemas pueden influir en el contrato de sus empleados y demostrar que las acciones tomadas son las correctas para mejorar la situación económica de la compañía.

Además de la notificación con 15 días de antelación que ya se ha mencionado previamente, la empresa también tiene la obligación de abonar una indemnización de 20 días por año trabajado y entregar al empleado una carta de despido justificando la situación económica.

Estas cartas de despido son un documento clave y necesario para proceder a un despido por causas económicas. Se trata de un informe escrito que se entrega a los trabajadores donde se exponen las causas del despido. En este documento, la empresa debe señalar cuál es la situación financiera actual en la que se encuentra y cuáles son las capacidades que tiene para afrontarla.

Indemnizaciones ante despido por causas económicas

Aquellos trabajadores que sufran este tipo de despidos, tiene el derecho de recibir una indemnización económica e, incluso, recuperar su puesto de trabajo.

Si la empresa no lleva a cabo el pago de la indemnización correspondiente al empleado, contar con la ayuda de un perito economista será de gran ayuda para demostrar que se trata de un despido improcedente.  La compañía puede excusarse alegando falta de liquidez con la finalidad de no pagar la compensación económica correspondiente. Un perito economista puede encargarse de verificar o no la validez de este alegato.

Como ya se ha comentado previamente, un trabajador tiene derecho a ser indemnizado con la cantidad que equivale a 20 días de salario por cada año que haya trabajado para la empresa que lo ha destituido, estableciendo como límite 12 mensualidades. El pago se calcula realizando un estudio de la antigüedad del trabajador en la compañía y tomando como referencia la cantidad del último sueldo percibido.

Cualquier persona que se encuentre en situación de sufrir este tipo de despido y considere que se han cometido negligencias en el proceso, tiene el derecho a reclamar y percibir una compensación. El periodo para interponer una demanda ante un tribunal es de 20 días hábiles desde que la empresa avisa al empleado.

Ante esta situación, contar con los servicios de un experto es crucial para garantizar la viabilidad de la reclamación. La colaboración de un Perito Economista puede ayudar a obtener un mayor beneficio económico o incluso lograr que la empresa restituya al empleado en su puesto.

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