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    Impericia, imprudencia, negligencia, dolor, o error Médicos

    La impericia, imprudencia, negligencia, dolo, o error médicos o mala praxis médica se da cuando en un hospital, en un centro sanitario o en su consulta particular, un médico/profesional sanitario en concreto, actúa con esos vicios o no cumple con los estándares médicos y los protocolos que se les exigen (lex artis médica), causando en consecuencia daños psicológicos y/o físicos al paciente.

    Es un tema importante, ya que no sólo puede producir lesiones o daños, sino que también puede ocasionar la muerte del paciente.

    La impericia, imprudencia, negligencia, dolo, o error médicos o mala práctica médica es la actuación de un médico o proveedor de atención médica con esos vicios que tiene como consecuencia la lesión o muerte de un paciente. Se comete impericia, imprudencia, negligencia, dolo, o error médicos, cuando se hace un diagnóstico equivocado por esas causas, o cuando no se acatan las prácticas médicas estándar.

    La impericia, imprudencia, negligencia, dolo, o error cometidos por médicos, personal de enfermería y profesionales de atención médica en los hospitales u otros centros, públicos o privados, puede tener como consecuencia lesiones en el paciente o incluso su muerte, como se ha dicho. Las lesiones causadas cuando se actúa de la forma dicha pueden ser causa de futuros problemas de salud, nuevos gastos hospitalarios y trastornos emocionales.

    Por lo tanto, podemos considerar impericia, imprudencia, negligencia, dolo, o error médicos a la forma de actuar el personal sanitario, al darse esas circunstancias, esos defectos, que puede producir lesiones psicológicas o físicasTodo esto conlleva una serie de responsabilidades que deberán recaer claramente sobre las personas causantes de ese comportamiento causante de estos daños o lesiones, con o sin secuelas.

    En España, según el tipo de gravedad, encontramos los siguientes datos, un 44% de las negligencias leves pueden evitarse, de las moderadas un 42% y de las graves se podrían evitar otro 42%.

    En estos casos, se puede entablar una demanda para reclamar una indemnización tanto por los daños producidos, como por el lucro cesante, e, incluso, por el daño moral generado, por el dolor y sufrimiento ocasionados.

    Debemos tener también en cuenta que habrá casos que no deberán calificarse como impericia, imprudencia, negligencia, dolo, o error médicos, como por ejemplo que un paciente esté ya bajo un tratamiento y no se lo comunique al profesional, que actúa con desconocimiento de estos datos.

    En estos casos para la defensa será imprescindible contar con el informe de un perito.

    Diferencias entre la impericia, imprudencia, negligencia médica, el dolo y el error médico y otros conceptos

    Reclamación Negligencias Médicas

    La impericia médica o, mejor dicho sanitaria, es la del personal sanitario, ya sea por falta de habilidades, conocimiento o experiencia, a la hora de ejercer su trabajo.

    Aparece cuando el profesional carece de los conocimientos y habilidades necesarias, que se presume debe tener, para tratar a un paciente, de acuerdo con el nivel estándar de la medicina en el tiempo y el lugar que se analiza. La impericia tiene mucho que ver con la no actualización del profesional y la falta de información científica idónea del profesional en ejercicio.

    La imprudencia médica se produce cuando el personal sanitario realiza alguna acción, poniendo en peligro la recuperación o incluso la vida de sus pacientes. Esta forma de actuar a diferencia de la anterior, se puede prever y por lo tanto evitar.

    Ocurre cuando el profesional pone en peligro la vida o la recuperación de su paciente con actos fuera de lugar (fuera del estándar), o sin las precauciones necesarias.

    La negligencia médica aparece cuando el profesional tiene los conocimientos y las habilidades necesarias, pero no las utiliza; las omite sin razón, o las emplea con desgana, sin seriedad, descuidadamente o sin prestar atención al paciente que está bajo tratamiento. El tema se presta a malos entendidos y se mezcla a veces con sobrecarga de trabajo, estrés, grandes presiones hospitalarias, grandes volúmenes de pacientes a tratar, etc.

    Negligencia e imprudencia pueden ser dos caras de la misma moneda.

    El dolo médico consiste en practicar una técnica o tratamiento cualquiera a sabiendas de que es errónea, no indicada o extemporánea, solamente para obtener beneficios personales o institucionales.

    Por otra parte, todo profesional de la medicina, incluso excelentemente entrenado y preparado, está expuesto al error. Errar es humano. Nadie puede prever todas las respuestas orgánicas y biológicas de una persona cualquiera. La historia de la medicina está llena de errores de buena fe. El secreto está en reconocer a tiempo el error y saber repararlo, y eso se logra con competencia profesional, trabajo en equipo y honestidad personal y profesional.

    La actualización constante, y una acendrada probidad profesional, deben reducir la posibilidad de errores al mínimo. Si el error no se previene, no se acepta o se encubre una vez cometido, y no se trata adecuadamente, entonces deja de ser error para convertirse en negligencia.

    Cosa distinta es la complicación, evento negativo en el curso de un tratamiento que no ha podido ser prevenido, y en muchos casos está fuera de las posibilidades del profesional.

    Un término muy amplio y bastante controvertido es la iatrogenia. En general, se dice que hay una iatrogenia cuando aparecen nuevos síntomas o una nueva enfermedad como resultado de un tratamiento quirúrgico o medicamentoso. El tratamiento en su día realizado fue correcto y produjo la sanación, por más que con el tiempo aparezcan trastornos, nunca previstos ni previsibles, y que acaso surjan por la ingesta de otras sustancias que el paciente no comunica.

    Hay supuestos en que un error inicial desencadena a su vez otros errores y así sucesivamente. El temor de un médico a ser demandado puede llevarle a indicar análisis y pruebas innecesarias, que pueden, a su vez, desencadenar cascadas de efectos.

    Nuestros peritos judiciales saben cuándo hay responsabilidad civil o penal, y pueden aconsejar, examinado el caso, las acciones a tomar, y, en su caso emitir el correspondiente informe que sirva de prueba ante los tribunales, si es necesario acudir a ellos.

    Reclamación Negligencias Médicas

    ¿Qué hacer frente a una impericia, imprudencia, negligencia, dolo, o error médicos? Pasos a seguir

    Lo primero que habrá que hacer, para poder llevar a cabo una reclamación es recopilar, toda la información médica de que dispongamos, el historial médico, y, en caso de alguna intervención, el consentimiento informado que se haya firmado y la hoja quirúrgica.

    Con todos estos elementos se deberá contactar con un Perito médico que esté especializado en impericia, imprudencia, negligencia, dolo, o error médicos, de los que disponemos en GPI, que estudie el caso concreto y determine si una reclamación puede ser o no viable.

    En el caso de que se trate de una víctima mortal, lo primero que debería hacerse es solicitar una autopsia, que podrá servir posteriormente ante la reclamación.

    En el caso en que definitivamente se haya verificado la existencia de responsabilidad del profesional médico a tenor de lo anteriormente dicho, con un informe pericial en el que se constata la posible responsabilidad, los pasos a seguir pueden dividirse de la siguiente forma, según nos encontremos ante la sanidad pública o privada.

    En el caso de la sanidad pública, se deberá primero presentar una reclamación por responsabilidad patrimonial a la Administración sanitaria pertinente, a través de la que se exigirá la responsabilidad correspondiente, así como las posibles indemnizaciones por daños y prejuicios. El plazo máximo de presentación, será el de un año desde que se produjo el acto dañoso, a no ser que la impericia, imprudencia, negligencia, dolo, o error se deje ver más tarde, en cuyo caso el plazo empezará a contar desde la fecha en la que se estabilice la misma. En estos casos estaremos hablando del momento del alta.

    Por otro lado, en el caso de la sanidad privada, primero se deberá presentar una demanda por responsabilidad civil contra el profesional y, en su caso, la entidad en la que el daño se ha producido, y el plazo de presentación de esa demanda se rige por las normas del Código civil sobre prescripción.

    Cabe añadir que si el acto que produce los daños puede ser constitutivo de delito, también se podría acudir a la jurisdicción penal.

    Eso si, es recomendable en estos procesos contar con peritos médicos especializados.

    Gabinete Pericial GPI, cuenta con los mejores peritos médicos profesionales, con experiencia y reconocido prestigio en este ámbito profesional de la medicina.

    Póngase en contacto con nosotros; le ayudemos en todo aquello que necesite.

    Si necesita un perito en caso en que se impute impericia, imprudencia, negligencia, dolo, o error médicos por considerarse perjudicado, o si se encuentra ante una reclamación injusta, es suficiente con una llamada gratuita, o un email a contacto@gabinetepericialgpi.com.

    Podemos ofrecerle los servicios de nuestros peritos en todas las áreas del país: A Coruña, Albacete, Alcoy, Alcúdia, Alicante, Aragón, Águilas, Algeciras, Almería, Álava, Andorra, Arrecife, Asturias, Ávila, Baleares, Badajoz, Barcelona, Badalona, Benicasim, Benidorm, Bilbao, Burgos, Cáceres, Cádiz, Cambrils, Cartagena, Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Córdoba, Cuenca, Ceuta, Cullera, Donostia – San Sebastián, Ferrol, Figueres, Galicia, Gandía, Gijón, Girona, Gipuzkoa, Granada, Gran Canaria, Guadalajara, Elche, Elda, El Hierro, Extremadura, Huelva, Huesca, Ibiza, Jaén, Jerez de la Frontera, Formentera, Fuerteventura, La Línea, La Rioja, La Palma, Linares, Palma de Mallorca, Pamplona, Ponferrada, Puertollano, La Gomera, Lanzarote, León, Lérida, Lugo, Logroño, Lorca, Madrid, Manacor, Mahón, Marbella, Málaga, Mataró, Menorca, Mérida, Melilla, Murcia, Navarra, Orense, Orihuela, Oviedo, País Vasco, Palencia, Plasencia, Pontevedra, Puerto De la Cruz, Puerto del Rosario, Reus, Sagunto, Salamanca, San Sebastián, Santander, Segovia, Sevilla, Soria, Tarragona, Santiago de Compostela, San Fernando, Santa Cruz de Tenerife, Sóller, Utrera, Talavera de la Reina, Teruel, Tomelloso, Toledo, Torrevieja, Valdepeñas, Valencia, Valladolid, Vigo, Vinaròs, Vitoria-Gasteiz, Vizcaya, Zamora y Zaragoza.

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