Vicios Ocultos Embarcaciones
Como ya sabemos, los vicios ocultos son aquellos defectos que una cosa, objeto de una compraventa, puede tener, en el momento de la transacción, pero que no se reconocen en ese momento o el de la entrega, siendo conocimiento del comprador, o dándose cuenta de estos defectos, en fechas posteriores.
La existencia de estos vicios ocultos otorgan al comprador una serie de derechos y acciones frente al vendedor, mediante las cuales podrá, dado el caso, resolver el contrato, modificar las condiciones de este o incluso conseguir un resarcimiento por los posibles daños y perjuicios ocasionados.
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Ejemplo Práctico
Por ejemplo, tenemos un comprador que ha comprado una embarcación y que está disfrutando de ella en el mar. Al tiempo se da cuenta de que ciertos ruidos surgen del motor de la lancha que acababa de comprar.
A raíz de estos preocupantes ruidos, contacta con un profesional, para que este investigue el motor. Este le asegura que el motor estaba perdiendo demasiado aceite.
El comprador lleva la embarcación a arreglar y en el taller caen en la cuenta que existía frente a este problema un arreglo anterior mal realizado. Conforme se procede a una inspección más a fondo se observan otros defectos como oxido en algunas partes interiores, etc.
Dados los hechos conocidos, la embarcación ha sido adquirida con vicios ocultos, debido a que el vendedor conocía de su estado y en ningún caso informo al comprador. Por lo que nuestro cliente (el comprador) podrá optar por resolver el contrato o reclamar el precio pagado o a pagar por los trabajos de reparación.
Conociendo el caso concreto expuesto y encontrándose usted en un caso parecido, en Gabinete Pericial GPI, gracias a nuestros profesionales y expertos peritos navales y peritos de defectos o vicios ocultos de embarcaciones, podemos ayudarle a resolver el caso y defenderlo ante el juez o tribunal en caso de ser necesario.
Podemos ofrecerle los servicios de nuestros peritos en todas las áreas del país:
Podemos ofrecerle los servicios de nuestro Perito Judicial en todas las áreas del país: A Coruña, Albacete, Alcoy, Alcúdia, Alicante, Aragón, Águilas, Algeciras, Almería, Álava, Andorra, Arrecife, Asturias, Ávila, Baleares, Badajoz, Barcelona, Badalona, Benicasim, Benidorm, Bilbao, Burgos, Cáceres, Cádiz, Cambrils, Cartagena, Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Córdoba, Cuenca, Ceuta, Cullera, Donostia – San Sebastián, Ferrol, Figueres, Galicia, Gandía, Gijón, Girona, Gipuzkoa, Granada, Gran Canaria, Guadalajara, Elche, Elda, El Hierro, Extremadura, Huelva, Huesca, Ibiza, Jaén, Jerez de la Frontera, Formentera, Fuerteventura, La Línea, La Rioja, La Palma, Linares, Palma de Mallorca, Pamplona, Ponferrada, Puertollano, La Gomera, Lanzarote, León, Lérida, Lugo, Logroño, Lorca, Madrid, Manacor, Mahón, Marbella, Málaga, Mataró, Menorca, Mérida, Melilla, Murcia, Navarra, Orense, Orihuela, Oviedo, País Vasco, Palencia, Plasencia, Pontevedra, Puerto De la Cruz, Puerto del Rosario, Reus, Sagunto, Salamanca, San Sebastián, Santander, Segovia, Sevilla, Soria, Tarragona, Santiago de Compostela, San Fernando, Santa Cruz de Tenerife, Sóller, Utrera, Talavera de la Reina, Teruel, Tomelloso, Toledo, Torrevieja, Valdepeñas, Valencia, Valladolid, Vigo, Vinaròs, Vitoria-Gasteiz, Vizcaya, Zamora y Zaragoza.
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